Patricia Bullrich versus Nilda Garré: dos paradigmas opuestos ante la protesta social | El rol de las fuerzas y el modo de actuar ante los más vulnerables

Patricia Bullrich versus Nilda Garré: dos paradigmas opuestos ante la protesta social | El rol de las fuerzas y el modo de actuar ante los más vulnerables

Cuando estaba por terminar la presentación de su protocolo antipiquetes, el manual para que las fuerzas de seguridad federales repriman la protesta social que podría desatarse ante el ajuste, Patricia Bullrich anunció la decisión de “derogar el protocolo garantista de (Nilda) Garré”. Una vez más aludió al garantismo en forma peyorativa como si la protección de derechos fundamentales fuera en sí algo delictivo, en especial cuando son protagonistas los sectores más vulnerables. En efecto, Bullrich cambió un protocolo por otro. En el nuevo, manifestarse es un delito y los derechos humanos no existen. En el que firmó Garré en 2010, protestar es un derecho. En un modelo las fuerzas de seguridad vigilan, espían, castigan, ponen “orden”. En el otro, deben proteger, no reprimir y garantizar seguridad y derechos, también de los agentes. Una paradoja es que éste último siguió vigente en la gestión previa de la ministra actual. Como es obvio lo ignoró y las protestas fueron atacadas, los pueblos originarios especialmente perseguidos. Hubo detenidos, heridos y muertos. Por si acaso lo anuló.

Razones de cada protocolo

*Bullrich dice: Las autoridades anteriores fueron “pasivas” frente al “desorden en la vía pública”. Hacen falta nuevas “instrucciones para las fuerzas policiales y de seguridad federales”. “La recurrencia, intensidad, extensión y frecuencia de la interrupción del tránsito en rutas, autopistas y otras vías transitables ha derivado en una situación insoportable para la población que sufre estos actos ilícitos…”. Por esto se crea un “Protocolo para el mantenimiento del orden público ante el corte de vías de circulación”, que indica la intervención de fuerzas federales para despejar los cortes “parciales o totales” de calles, rutas y otras vías, sin orden judicial. Aunque la manifestación no impida la circulación, por dejar –por ejemplo– un carril libre, se considera delito. Objetivo: castigar la protesta para aplicar el ajuste.

*Garré decía: “La protesta social es una consecuencia de procesos políticos, económicos y culturales que fueron desmantelando las redes de contención y de bienestar” y es una preocupación garantizar “la libertad de expresión y el ejercicio del derecho a peticionar ante las autoridades” . La “política de seguridad ciudadana debe incorporar estándares de derechos humanos como guía y a la vez como límite infranqueable para las intervenciones del Estado”. La base son “la Constitución Nacional y los instrumentos que conforman el Derecho Internacional de los Derechos Humanos”. Cita que la Comisión Interamericana dice que los Estados tienen la obligación de diseñar planes y operativos “para facilitar el ejercicio del derecho de reunión” lo que abarca también el “el reordenamiento del tránsito”. Es un modelo pensado como parte de “un proceso histórico de reconstrucción del Estado como actor crucial del desarrollo económico, de la inclusión y del bienestar de la población”. Objetivo: garantizar el ejercicio de derechos y “la seguridad pública” ante la existencia ineludible de la protesta.

Papel de las fuerzas

*Bullrich: Todas las fuerzas federales (Policía, Gendarmería, Prefectura, Policía Aeroportuaria) y hasta el Servicio Penitenciario –aunque su reglamento no lo prevea–, deben actuar “para despejar los accesos y las vías de comunicación o de transporte, en el marco de la ley (como la entiende ella) y en cumplimiento de sus fines hasta dejar totalmente liberado el espacio destinado a la circulación”. Tendrán que hacerlo, dice, en las provincias también. Se basa en su propia interpretación del artículo 194 del Código Penal, que castiga a quien impide completamente el desplazamiento o –por ejemplo– la provisión de agua o energía. Esta lectura desconoce los tratados y normas internacionales adoptados por Argentina y deja de lado la relevancia de las demandas aunque la protesta sea pacífica. Objetivo: sacar a los manifestantes del espacio público. En rigor, como planean organizaciones varias, esto no estaría “dentro de la ley”, como dice Bullirch, y por eso anunció el impulso de una nueva enigmática normativa.

*Garré: El compromiso es “no reprimir la protesta social” sino “activar” “canales de diálogo entre las partes concomitantes en las manifestaciones con miras a gestionar los conflictos y atender sus causas por vías políticas y no violentas de entendimiento”. Se pueden coordinar fuerzas locales y federales. La “norma rectora” para “los cuerpos policiales y fuerzas de seguridad” es el Código de Conducta para Funcionarios Encargados de Hacer Cumplir la Ley, aprobado en 1979 por la asamblea general de Naciones Unidas. Su premisa es que “respetarán y protegerán la dignidad humana y mantendrán y defenderán los derechos humanos de todas las personas”. La Ley de Seguridad Interior dice en su artículo 22 que ese código debe estar incorporado a los reglamentos de las fuerzas y en 2005 se dispuso que ningún efectivo puede ser promovido si no asistió y aprobó un curso correspondiente. La policía o fuerzas de seguridad deben “proteger los derechos” de los manifestantes y minimizar lo que pueda afectar a quienes no participan. Lo central: cuidar la vida de todos/as. Objetivo: formar a los agentes con un criterio de respeto a los derechos y de cuidar a quienes se manifiestan, no atacarlos; además de buscar soluciones a las demandas.

Modo de actuar

*Bullrich: “Los efectivos emplearán la mínima fuerza necesaria y suficiente, con especial atención y cuidado ante la presencia de niños, mujeres, embarazadas o ancianos. Esa fuerza será graduada en proporción a la resistencia opuesta por los manifestantes o sus apoyos, siempre con empleo de armas no letales” (no precisa cuáles ni su uso). Además, “deberán ser identificados los autores, cómplices o instigadores, mediante filmaciones y otros medios digitales o manuales” y se pasarán los datos al Ministerio de Seguridad. También los vehículos utilizados para llevar manifestantes con posibilidad de secuestrarlos. La “prioridad” es detectar a los “líderes” y la “organización con la cual se vinculan”, a la que se podrá demandar para que pague los gastos del operativo. Habrá un registro de organizaciones que protestan. Proceder a la detención cuando “así corresponda”. Es decir, hay un margen de discrecionalidad para arrestar. La experiencia durante la gestión anterior de Bullrich muestra que se hacían detenciones por “resistencia a la autoridad” –la figura comodín utilizada para todo– hasta de cualquiera que estaba caminando cerca de una marcha. Objetivo: persecución política y espionaje.

*Garré: “Se agotarán todos los recursos e instancias para garantizar una resolución de los conflictos que no implique daños para la integridad física de las personas” que estén o no en la protesta. La intervención de las fuerzas debe ser “progresiva, comenzando por el diálogo con los organizadores”. La negociación no puede estar a cargo de quien conduzca el operativo. Procura “identificar las demandas” y trasladarlas. En manifestaciones muy grandes el Poder Ejecutivo designa a un funcionario político coordinar un operativo de control y “hacer cumplir las normas sobre uso de la fuerza y comportamiento policial”. Otros funcionarios se ocupan del diálogo. No puede participar de estos procedimientos personal policial o de seguridad que esté bajo investigación o sancionado por su desempeño en movilizaciones. Los agentes destinados a manifestaciones deben estar capacitados para esa tarea y se resguardan sus derechos laborales. No pueden portar armas de fuego ni disponer de municiones “de poder letal”, ni usar pistolas lanza gases. Las postas de goma solo se pueden usar con fines defensivos. “Los agresivos químicos y antitumultos solo podrán ser utilizados como última instancia” con “orden del jefe del operativo”. Para los agentes es obligatorio “portar una identificación clara” en el uniforme y, ante intervenciones programadas, se registran todo: armas, municiones, celulares. Se controlará el respeto a la Ley de Inteligencia. Se guardan todas las comunicaciones de los efectivos. Objetivo: impedir los abusos de las fuerzas de seguridad y buscar la negociación.

Vulnerables y más

*Bullrich: “Se sancionará a quienes lleven niños que deban estar en la escuela y que estén en una marcha o piquete”, dijo la ministra de Seguridad al presentar el protocolo. La norma dice que se informará “a la autoridad a cargo de la protección de los menores cuando se comprobare que se ha llevado niños o adolescentes a la concentración, con riesgo de integridad física y en detrimento de su concurrencia a los establecimientos educacionales”. La funcionaria aclaró que “no se actúa de la misma manera frente a niños, mujeres embarazadas o ancianos”, como quien dice que no se los va a reprimir. Se enviarán, agrega el protocolo, los datos de los extranjeros con residencia provisoria que participen de la protesta a la Dirección de Migraciones “a los fines pertinentes”. Objetivo: estigmatizar a minorías y sectores sociales.

*Garré: “Se velará por el respeto de grupos que se encuentren presentes o cercanos a la manifestación y que requieren de una protección especial de sus derechos tales como niños, jóvenes, mujeres, ancianos, migrantes, pueblos originarios y personas con capacidades diferentes”. El último punto del protocolo derogado preveía una protección especial para la actividad periodística, que no puede sufrir restricciones ni persecución (y que las sufrió en el gobierno de Mauricio Macri). Objetivo: proteger a minorías, diversos sectores y la actividad periodística que permite informar sobre abusos.  

Fuente: https://www.pagina12.com.ar/695956-patricia-bullrich-versus-nilda-garre-dos-paradigmas-opuestos

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