La Cámara de Casación Federal Argentina rechazó volver a procesar a Rodolfo Martin Villa, ex ministro durante la transición democrática española y político referente durante el franquismo, por crímenes de lesa humanidad.
Los jueces Mariano Borinsky, Javier Carbajo y Gustavo Hornos declararon este lunes, a través de una resolución a la que tuvo acceso Página/12, que el recurso planteado por los querellantes es inadmisible. Esta resolución mantiene la decisión de la Sala II de la Camara de Apelaciones tomada en diciembre del año pasado donde especificaba que las pruebas recabadas eran insuficientes, dejando atrás a resolución procesal llevada a cabo hace dos años por la jueza María Servini de Cubría.
En el 2020, Villa tuvo que declarar como imputado ante Servini de Cubría, quien lo procesó en octubre del 2021 por cuatro homicidios llevados a cabo por la policía entre 1976 y 1978. Los primeros tres sucedieron en Los sucesos de Vitoria en 1976, casi cinco meses después de la muerte del dictador español Francisco Franco, mejor conocida como la matanza del tres de marzo, donde murieron cinco personas y más de cien resultaron heridas al ser desalojados por la Policía Armada cuando estaban en una iglesia haciendo una protesta pacífica. El cuarto es Germán Rodríguez, militante de la Liga Comunista Revolucionaria, asesinado por la policía de una bala en la cabeza durante unos disturbios ocurridos en el festival de San Fermín de 1978.
El tribunal de la Cámara de Casación Federal, encargado de juzgar los recursos de inconstitucionalidad, casación y revisión contra sentencias o resoluciones realizadas por tribunales orales, dictaminó con dos votos contra uno el rechazo del recurso pedido por los abogados querellantes. La mayoría, constituida por los jueces Carbajo y Hornos, dictaminó que no se puede aceptar el recurso porque el dictamen de la Cámara de Apelaciones no es una sentencia definitiva, es decir que se puede seguir investigando. Villa esta siendo investigado por otros homicidios, entre ellos, más muertos en los Sucesos de Vitoria y el asesinato de Gustavo Muñoz, de 16 años, en 1978 durante una represión en Barcelona.
El otro disidente, de Borinsky, establece que sí es materia de casación y que hay anular la falta de mérito, aunque propone a la jueza que haga un nuevo fallo ya que el actual no esta lo suficientemente ajustado al ordenamiento vigente. Esta resolución pone al ex ministro español en un papel de imputado ya que no se cerró la causa ni se lo sobreseyó, sino que se pide que se siga investigando.
“Nosotros consideramos que hay suficientes pruebas y elementos para considerar que Villa es autor mediato de, por lo menos, esos cuatro homicidios y que son delitos de lesa humanidad” explica uno de los abogados querellantes, Eduardo Fachal. El abogado explica que es por esta razón que trataron de arbitrario el fallo de la Sala II, ya que esta pide un plus de prueba para los delitos que se consideran como de lesa humanidad. “Estamos en una situación de callejón de salida porque, además los jueces españoles no colaboran con la justicia argentina. Las pruebas que podemos dar son en base a testigos” explica Fachal, sumando a las pruebas a los muertos y los puestos que ocupaba Villa en los momentos que sucedieron los crímenes en manos de la policía.
España no colabora
El abogado querellante señala que parece ser un tema más político que jurídico ya que detalla que el fallo de la jueza Servini tiene cien páginas donde se ven detalladamente todas las pruebas presentadas por los denunciantes. Además, Fachal denuncia la poca ayuda por parte de la justicia española en la que, el único logro que pudieron alcanzar fue el de tomar declaraciones a testigos en la Embajada de Argentina en Madrid, ya que ni siquiera se pudo llevar a cabo en un tribunal. El abogado denuncia, además, que cada exhorto pedido a la justicia española fue rechazado sistemáticamente. El exhorto es entendido en derecho penal como una solicitud, en el marco de un proceso judicial, en la cual un juez se dirige a otro para que este último ejecute un acto pedido por el juez remitente.
El franquismo siguió sin Franco
Fachal explica que la policía española no se reformó hasta el año 1981, seis años después de la muerte de Franco y de la que, se supone, había comenzado el proceso de transición a la democracia en España. Durante los festivales de San Fermín, donde ocurrió el asesinato de Germán Rodriguez, Villa era ministro del interior y la policía estaba bajo sus órdenes. “En cada una de las declaraciones que el hizo, posteriores a los hechos y aún en la actualidad, el reconoce esos hechos y dice lo mismo que Videla, que son errores o que se le fue un poco la mano a la policía”, dice Fachal.
El abogado, explica que no hubo reformas de las instituciones luego de la muerte del dictador español y que la metodología de represión era una clara política de Estado ya que no se sancionó a los policías que llevaron a cabo esos asesinatos. “La dictadura franquista duro mucho mas tiempo luego de la muerte de Franco porque no se tocaron ninguna de las instituciones que venían del franquismo”, establece Fachal. “La transición a la democracia no fue al algo totalmente democrático y el mismo lo reconoce cuando explica que fue un largo proceso de reforma” agrega el abogado refiriéndose al momento en que Villa participó de la transición a la democracia pero que, aun en ese momento, existieron violaciones de derechos humanos. “España no se acostó un día franquista y al siguiente se levantó democrática ni constitucional”, dijo Villa en una de las declaraciones que hizo como imputado en el 2020 en la Embajada de Argentina en Madrid.
Fuente: https://www.pagina12.com.ar/483894-la-camara-de-casacion-fallo-en-contra-en-la-causa-de-crimene