El fiscal federal Franco Picardi desestimó una denuncia contra el precandidato a presidente Alberto Fernández por sus declaraciones sobre “las barrabasadas que escribieron” algunos jueces “para cumplir con el poder de turno” durante el gobierno de Mauricio Macri. El magistrado argumentó que esa opinión no incidió ni limitó decisiones de los jueces, recordó que se trata de funcionarios públicos y citó a la Corte Suprema de Justicia para destacar el “prioritario valor constitucional que busca resguardar el más amplio debate respecto de las cuestiones que involucran a personalidades públicas o materias de interés público, como garantía esencial del sistema republicano”.
“Algún día Ercolini, Bonadio, Irurzun, Hornos y Gemignani van a tener que explicar las barrabasadas que escribieron para cumplir con el poder de turno”, había afirmado el candidato del Frente de Todos sobre la actuación de los jueces en distintas investigaciones penales contra ex funcionarios. La declaración fue criticada por la Asociación de Magistrados y Funcionarios de la Justicia Nacional y derivó en una denuncia del abogado Alejandro Sánchez Kalbermatten por el delito de coacción. “Valiéndose de su status social, político y mediático, (Fernández) hizo uso y abuso de su poder, con el propósito de amedrentar a los magistrados federales mencionados”, lo acusó.
La denuncia ante la Cámara Federal recayó por sorteo en la jueza federal María Eugenia Capuchetti, quien le corrió vista a la fiscalía para que determine si existía delito. Picardi, en su dictamen, explicó que Fernández emitió “un juicio de valor” sobre “determinados fallos judiciales” que “más allá de los reproches o repudios que pueda haber generado no ha tenido aptitud para incidir en la libre determinación de los magistrados, ni para limitarlos de otro modo”, y por ende “no parecería verosímil argumentar que a partir de aquéllas apreciaciones determinados jueces se hayan visto constreñidos a modificar sus fallos”.
El fiscal destacó además que las declaraciones “fueron hechas por un candidato a la Presidencia de la Nación muy poco tiempo antes del inicio formal de las campañas electorales y se refirieron a un asunto de interés público, pues aludieron al contenido de decisiones judiciales del fuero federal”, por lo cual “corresponde citar el criterio de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en relación al resguardo de libertad de expresión que merecen, particularmente, todas aquellas manifestaciones o apreciaciones que se refieran al ejercicio de la función pública, que es lo que habría ocurrido en el caso si se considera que Alberto Fernández se refirió en forma crítica a los fallos de determinados jueces”.
Picardi recordó entonces que la Corte Suprema “tiene resuelto con relación a la libertad de expresión que las críticas al ejercicio de la función pública no pueden ser sancionadas aun cuando estén concebidas en términos cáusticos, vehementes, hirientes, excesivamente duros o irritantes”. “Dicho criterio responde al prioritario valor constitucional que busca resguardar el más amplio debate respecto de las cuestiones que involucran a personalidades públicas o materias de interés público, como garantía esencial del sistema republicano”, explicó. “Todo lo expuesto determina, a mi criterio, que no ha habido una dirección intencional de amedrentar en las expresiones analizadas sino valoraciones de mucha controversia en el marco de una coyuntura política”, concluyó antes de desestimar la denuncia.
Fuente: https://www.pagina12.com.ar/211331-fernandez-no-cometio-coaccion