Los tres hombres que pasaron más de 45 días detenidos por los incidentes en el Congreso el 10 de marzo último cuando se votaba el acuerdo con el Fondo Monetario Internacional fueron excarcelados por decisión de la jueza María Eugenia Capuchetti, quien recibió finalmente el expediente que tramitaba en la justicia de la Ciudad de Buenos Aires. Para la magistrada no había motivos para que estuvieran detenidos e incluso descartó el delito de “asociación ilícita” que utilizó la fiscalía porteña para mantenerlos presos. Una de las resoluciones advierte que incluso las pruebas utilizadas fueron dudosas. A la vez la Cámara Federal alivianó las imputaciones: descartó el delito de intimidación pública y sólo dejó el de daños ante un pedido de otro grupo de personas a los que ya se venía investigando en Comodoro Py.
Quienes recuperan la libertad son Julián Lazarte, Jaru Alexander Rodríguez Carrero y Oscar Santillán. A ellos les había dictado la prisión preventiva el juez porteño Norberto Circo, en una causa donde intervenía el fiscal Mariano Camblong. Les adjudicaban “asociación ilícita”, para lo cual basaban la imputación en su militancia en el Movimiento Tersa Rodríguez (MTR), y le agregaron otras figuras como atentado contra la autoridad, daño agravado, obstrucción de la vía, ensuciar bienes, entre otras figuras menores. Insistían en los daños provocados a la policía.
Capuchetti se focalizó en las pedradas al Congreso y al despacho de Cristina Fernández de Kirchner, para lo cual investigó a once personas, de las cuales procesó a seis por intimidación pública y daño. La jueza reclamó de entrada la competencia en el expediente, que quedó confirmada a comienzos de abril cuando desistió el fiscal ante la Cámara porteña. Sin embargo pasó algo notable: en lugar de mandar el expediente a los tribunales de Retiro, los jueces de la Sala I de la Cámara de la Ciudad de Buenos Aires igual confirmaron las prisiones preventivas de Lazarte, Rodríguez Carrero y Santillán. Recién fue girado el viernes, ante el reclamo de las y los abogados defensores.
Los fundamentos de la decisión judicial
Al disponer las excarcelaciones la jueza Capuchetti dejó claro que no contempla el delito de “asociación ilícita”, que es la figura que se suele utilizar como excusa para privar de la libertad. “Dado que más
allá que en el presente concurren pluralidad de intervinientes en el
hecho, no se presentan las otras notas típicas de aquel delito como ser
la permanencia en el tiempo, dada por su estabilidad y organización y
su objeto ilícito o fin de cometer delitos indeterminados”, señaló en todas las resoluciones a las que accedió Pagina/12. A la vez dejó claro que en ninguno de los tres casos hay razones para suponer peligro de fuga o de entorpecimiento en la investigación que pudieran motivar la privación de la libertad durante le proceso.
Rodríguez Carrero seguirá por ahora detenido en otra causa que tramita en San Isidro, que se generó cuando la policía entró a su casa y encontró plantas de marihuana.
En el fallo respecto de Lazarte, es elocuente al señalar que hasta la Cámara de apelaciones en lo penal porteña admitió que no había pruebas concluyentes de que fuera él la persona a quien se le atribuyó haber entregado o lanzando una bomba molotov y moviendo contendedores. “Las imágenes estáticas y móviles (…) no resultan prueba suficiente para acreditar que el imputado sea quien se ve allí retratado” y que “al contrastar las imágenes se ve a dos personas con una gorra de disímiles y vistiendo ropas que no coinciden en nada, por ello y aún cuando pudiera ser que el imputado hubiera mudado sus ropas, la baja calidad y definición de las imágenes impiden distinguir si hay una correspondencia entre los tatuajes de la mano, que incluso de las imágenes capturadas de los medios televisivos pareciera está localizado en la mano derecha mientras que en las imágenes indubitadas de Lazarte pareciera ubicarse en la mano izquierda”. En el caso de Rodríguez Carreño quedó claro que la acusación estaba limitada a su militancia y que tenía panfletos contra el FMI en su casa.
El “combo manifestación”
“Se usó lo que llamamos ‘combo manifestación’, con los delitos de intimidación pública, atentado y resistencia a la autoridad y daño para detener gente“, señaló la abogada María del Carmen Verdú, de la Coordinadora Contra la Represión Policial e Institucional, quien defiende a Lazarte. “La imagen de Julián circuló por los medios como el supuesto artífice de la molotov que impactó contra un policía de la Ciudad. Algo que se terminó de caer completamente al ver la ridícula pericia fotográfica, fundada por la Policía de la Ciudad en su sistema de reconocimiento facial hoy suspendido por orden judicial, en la cual no se advierte una sola prueba contundente de su participación”, advirtió.
El Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), que venía advirtiendo sobre todas las anomalías en la investigación y sus implicancias sostuvo que “la justicia de CABA hizo un uso político del tipo penal de la asociación ilícita y de la prisión preventiva con el objetivo de perseguir manifestantes y criminalizar la protesta y las organizaciones sociales. Esto es gravísimo”.
La Sala II de la Cámara Federal se expidió sobre la situación de José Castillo, Gonzalo Fonteina, Jonatan Pacheco, quienes habían sido procesados por Capuchetti. Los jueces Eduardo Farah y Martín Irurzun confirmaron los procesamientos pero descartaron el delito de intimidación pública y solo dejaron en pie el de daños. Para los jueces está comprobado formaban parte de un grupo que “arrojó piedras, cascotes y bombas de pintura al parlamento y al personal policial” y “están acreditados los daños al edificio y valuados por alrededor de 6 millones de pesos. Pero hacen esta distinción. “La figura (de intimidación) reprime a quien realiza actos materiales tendientes a provocar los efectos descriptos -temor, tumulto, desorden-, y quedan fuera de esa hipótesis las conductas de aquellas personas que, ajenas a esa idea, cometen actos concretos encuadrables en otras figuras penales, tales como daños a edificios públicos”.
Ahora el juzgado de Capuchetti hará algunas medidas para definir o descartar responsabilidades de los excarcelados y tomará tres indagatorias pendientes.
Fuente: https://www.pagina12.com.ar/419474-excarcelaron-a-los-detenidos-en-los-incidentes-en-el-congres