La palabra final sobre la validez del DNU que estableció, entre otras restricciones, la suspensión de las clases presenciales por dos semanas, está hoy en manos de la Corte Suprema. La última “foto” muestra, de un lado, un fallo de un juez en lo contencioso administrativo federal que respalda la vigencia de esa medida dictada por el Poder Ejecutivo y, del otro, un gobierno local que dice que no acata esa sentencia porque ya había conseguido otra, que es precisamente la que el magistrado ordenó suspender por haber sido dictada por un tribunal incompetente. Ese tribunal es la Cámara en lo Contencioso administrativo de la Ciudad de Buenos Aires y su actuación, esperada por Horacio Rodríguez Larreta para anunciar el domingo a la noche lo que presentó como un triunfo político (aunque está en juego una cuestión sanitaria), fue cuestionada dentro de la propia Justicia porteña en fallos y hasta un comunicado de jueces y juezas que se desmarcaron en defensa de su propia “independencia”. Con un criterio en esa línea, en la provincia de Buenos Aires 16 demadas de instituciones educativas y dirigentes políticos contra las clases virtuales fueron rechazadas y envidadas a la Justicia federal. La pregunta que se abre es: ¿La Corte se jugará a dar una definición categórica? ¿Dejará pasar el tiempo para que amortiguar el impacto? ¿Hablará de cuestiones constiucionales y autonomía? ¿Buscará un fallo intermedio?
Es evidente que Larreta recurrió a sus tribunales aliados porque sabía que la Corte no le proveería el golpe de efecto rápido que buscaba. Tal vez tampoco tuviera certezas de poder obtener una respuesta completamente a su favor. Así, fue acomodando el discurso. Un día su gobierno anunciaba que acataría lo que dijeran jueces y juezas y al otro día, con un fallo en su contra, advertía en un comunicado no lo iba a acatar. Cuatro supremos (con Elena Highton en disidencia) declararon el lunes su “competencia originaria”, como quien avisa que –a su paso– se ocupará del tema por encima del resto del mundo. El Estado nacional eligió cantarle retruco a la Ciudad, recurrió al fuero contencioso federal y le fue bien, con el fallo de Esteban Furnari que calificó la decisión de su pares de la CABA como “un escándalo jurídico” de “gravedad institucional”.
Tal como está planteado el trámite de la causa en la Corte Suprema, casi un milagro podría hacer que sus integrantes resuelvan algo antes de que promedien los quince días de clases virtuales. Tal vez lleguen a hacerlo en el estribo, si quieren. El tribunal le dio forma de trámite “sumarísimo” al expediente, que es un esquema más rápido del habitual, pero tampoco es express. De hecho, al Estado nacional le corrió traslado y tiene tiempo hasta el lunes para presentar su postura.
Para quienes se ocupan de este asunto en las filas del oficialismo, el que está en una situación de incumplimiento es Rodríguez Larreta y con los tiempos que estableció la Corte no tiene sentido apurarse. Mejor que la rebeldía de CABA quede en primer plano, razonan, sin disimular desconfianza en lxs supremxs, y que al final se explayen sobre cuestiones de fondo. Están quienes piensan que debería ser oída la provincia de Buenos Aires, teniendo en cuenta que el DNU 241 estableció en el artículo 2 “la suspensión del dictado de clases presenciales y las actividades educativas no escolares presenciales en todos los niveles y en todas sus modalidades” en el Area Metropolitana de Buenos Aires (AMBA) hasta el 30 de abril. Así las cosas, hasta que los abogados del Gobierno contesten, la Corte lo analice y tal vez pida más medidas, seguirán pasando los días.
Por supuesto puede ocurrir que la suspensión de clases presenciales se renueve o se anuncie algún otro formato mixto o alternativo. Lo que diga la Corte, tendrá su relevancia igual, y más aún ante la posible renovación de la medida y porque habrá que ver si responde al planteo de inconstitucionalidad del DNU 241 que hizo el jefe de gobierno porteño. También puede decir que no es un tema judiciable, pero parece difícil ahora. Hasta este miércoles, puertas adentro del Palacio de Justicia, en algunos despachos subrayaban dos pistas: entre cortesanos al expediente lo llaman “la causa de la autonomía de CABA”, que fue uno de los planteos de Rodríguez Larreta, señalar que el PEN había afectado su autonomía al meterse con la regulación de la educación. Hasta ahora el tribunal ha tenido pronunciamientos sobre medidas en pandemia y respaldado las disposiciones presidenciales, pero nunca se planteó una cuestión puntual de constitucionalidad. También avaló decisión provinciales, con límites.
En los fallos sobre situaciones en Formosa, algunos constitucionalistas ven indicios de cómo razona el tribunal. Un eje es que respalda medidas restrictivas en el contexto pandémico, pero resalta los parámeros. “Los tribunales deben examinar con creciente rigor las intervenciones en los derechos individuales, a medida que estas se tornan más intensas y prolongadas, para establecer no sólo si está justificada la validez en general de la medida sino su alcance”, fue una de las afirmaciones supremas. También el tribunal recordó que según la Corte Interamericana las medidas que los Estados adopten y que restrinjan derechos humanos deben ser limitadas en el tiempo, además de legales y ajustadas a criterios científicos. Con ese criterio, ordenó a Formosa que administrara el regreso de sus ciudadanos y que permitiera a una mujer volver para acompañar a su madre enferma sin mandarla a un centro de aislamiento.
El ex juez de la Corte Raúl Zaffaroni dijo en el programa “Rayos X” de Radio10 que “el gobierno federal tiene que intervenir, no se trata de un problema reducido a una provincia, sino que se trata de una provincia urbana y de la Provincia de Buenos Aires donde circulan todos los días millones de personas. Si la medida fuese absolutamente irracional, la Corte Suprema debe pararla. Esta medida no es absolutamente irracional, en el campo científico esta medida está basada en pruebas científicas“.
En este panorama complejo, algo claro es que la decisión de la sala IV de la Cámara contencioso administrativa porteña de suspender el artículo 2 del DNU y habilitar clases presenciales fue ampliamente cuestionada y los criterios tanto en provincia como en la propia CABA ponen en duda su competencia para meterse en el tema, para colmo sin escuchar al Estado nacional, de donde emergieron las medidas. En los tribunales porteños, el juez Darío Reynoso dijo claramente que el asunto correspondía a la justicia federal. La jueza Romina Tesone –que ya había rechazado in límine un amparo– pidió a sus pares, también en una sentencia, “mantenernos dentro de nuestro ámbito de actuación”. Guillermo Scheibler en otro fallo dispuso que no se computen las faltas de almunos y alumnos que no asistan de manera presencial y se les garantice la virtualidad. En una carta que hicieron pública, un grupo de jueces y juezas porteños explican la labor de su jurisdicción y lamentan que “gran parte de la consideración de nuestro trabajo (…) ha sido puesta entredicho por la actuación de un tribunal de revisión de este fuero”. Se diferencian y reivindican su propia independencia. Firman Reynoso, Andrés Gallardo, Elena Liberatori, Patricia López Vergara, Martín Furchi y Víctor Trionfetti.
En la provincia de Buenos Aires hubo 16 rechazos a planteos de escuelas y colegios que quieren presencialidad, más otros de dirigentes políticos. Podría intervnir la Corte bonaerense. Rodríguez Larreta fue denunciado en cinco presentaciones por desobedecer una orden judicial y por violar las medidas santarias para evitar la propagación del coronavirus.
Fuente: https://www.pagina12.com.ar/337177-clases-presenciales-las-preguntas-que-debe-responder-la-cort
Clases presenciales: Las preguntas que debe responder la Corte Suprema